Cómo funciona un Tribunal Colegiado de Circuito
Cómo órgano de Poder del Estado tenemos estructura jerárquica, niveles de autoridad, áreas especializadas en funciones, normas, protocolos, procedimientos de control, vigilancia laboral, patrimonial, fiscalización anual, estadística mensual de trabajo y trámite. Todo en principio se documenta, escanea, registra.
La reforma judicial será operable si conserva la alta experticia, calidad profesional y humana de la gran mayoría de funcionarios judiciales. Sin los servidores de carrera judicial, la impartición de justicia colapsará.
Por el lado organizacional, un Tribunal Colegido cuenta con tres magistrados donde cada uno dirige su ponencia: equipos de funcionarios. Cada año, rotativamente un Magistrado ejerce el cargo de Presidente del Tribunal, en esa función dirige sesiones, instrucción y trámite de asuntos, cuestiones administrativas; cuenta con un secretario de acuerdos, un técnico administrativo y otro en estadística.
Cada ponencia cuenta con cuatro secretarios proyectistas, mandos medios, que redactan proyectos de sentencias; que a su vez, son apoyados por dos oficiales judiciales, nivel operativo. La Secretaría de Acuerdos cuenta con cinco o seis oficiales, tres más auxilian a tres actuarios del Tribunal. La Oficialía de Partes y servicios de mantenimiento, tienen otros tres empleados operativos.
Semanalmente se programa sesión donde se discute y resuelve en definitiva los casos. Los Magistrados definen los asuntos que listarán para sesión. El promedio nacional es de diez y doce asuntos, en ocasiones quince o más. Entre fecha de lista y celebración de sesión, deben mediar tres días hábiles. Cada Magistrado revisa veinte a veinticuatro expedientes que recién conoce, sumado a los asuntos que listó. Los dos días hábiles restantes, cada Magistrado preparara la lista de la semana siguiente.
Los secretarios proyectistas estudian, investigan, redactan en promedio dos a tres proyectos por semana, en cumplimiento a lineamientos de productividad que rigen. Sus auxiliares realizan adelantos, trascripciones, reseñas, imprimen y glosan sentencias, entre otras labores.
Los secretarios proyectistas y oficiales, hasta antes de la reforma, se preparaban para acceder al cargo de Jueces y Magistrados, mediante exámenes, bajo competencias de experiencia y capacidad. Era una democracia laboral perfectible ajena a la actual amputación electoral.
Es difícil saber hasta dónde toleraran la Justicia Popular. La elección es un reto de supervivencia laboral y una prueba a nuestra dignidad.
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